Además de ser un país al que acude mucha gente por motivos turísticos, EEUU es también un destino laboral muy popular. Personas de todo el mundo quieren trabajar en EE.UU. por los altos salarios y el buen ambiente de trabajo.
Hay dos formas de ir a EE.UU. por motivos de empleo:
- Como empleado temporal
- Como empleado patrocinado/permanente
Los empleados temporales necesitan un visado de no inmigrante de EE.UU., mientras que los empleados patrocinados necesitan un visado de inmigrante. Este artículo cubrirá todo lo que necesitas saber sobre ser un empleado temporal y obtener un visado de trabajo estadounidense.
¿Qué es el visado de trabajo estadounidense?
El visado de trabajo de EE.UU. se utiliza para que la gente vaya a trabajar temporalmente a EE.UU. durante un periodo de tiempo determinado. El periodo de tiempo que vas a trabajar debe constar en el contrato de trabajo o en la solicitud de visado. Este tipo de visado estadounidense no permite a las personas trabajar en EE.UU. de forma indefinida o permanente. Los solicitantes deben cumplir una lista de requisitos para el visado de EE.UU. y presentar los documentos especificados en las siguientes secciones de este artículo para poder solicitar un visado de trabajo temporal para EE.UU.
Tipos de visado de trabajo para EE.UU
Hay varios tipos de visados de trabajo para EE.UU., dependiendo de la finalidad y el tipo de trabajo que quieras realizar.
Estos son los tipos de visados de trabajo temporales para EE.UU:
- Visado H1B: Persona con una ocupación especializada. Para trabajar en una ocupación especializada. Requiere un título de educación superior o su equivalente. Incluye modelos de moda de mérito y habilidad distinguidos y proyectos de investigación y desarrollo de gobierno a gobierno, o de coproducción administrados por el Departamento de Defensa.
- Visado H-1B1: Profesional delTratado de Libre Comercio (TLC) – Chile, Singapur . Para trabajar en una ocupación especializada. Requiere un título post-secundario que implique al menos cuatro años de estudio en el campo de especialización.(Nota: no es un visado basado en peticiones)
- Visado H-2A:Trabajador agrícola temporal . Para trabajos agrícolas temporales o de temporada. Limitado a ciudadanos o nacionales de los países designados, con excepciones limitadas, si se determina que es en interés de Estados Unidos.
- Visado H-2B: Trabajadortemporal no agrícola. Para trabajos temporales o estacionales no agrícolas. Limitado a ciudadanos o nacionales de países designados, con excepciones limitadas, si se determina que es en interés de Estados Unidos.
- Visado H-3: Visitante en prácticas o de educación especial. Recibir una formación, distinta de la médica o académica, que no esté disponible en el país de origen del becario o programas de formación práctica en la educación de niños con discapacidades mentales, físicas o emocionales.
- Visado I:Representantes de medios de comunicación extranjeros. Este visado permite a los periodistas y a quienes trabajan en el sector de la información o de los medios de comunicación completar su trabajo durante su estancia en Estados Unidos.
- Visado L1:Persona trasladada dentro de una empresa . Para trabajar en una sucursal, empresa matriz, filial o subsidiaria del empleador actual en un puesto directivo o ejecutivo, o en un puesto que requiera conocimientos especializados. La persona debe haber estado empleada por el mismo empleador en el extranjero de forma continuada durante 1 año dentro de los tres años anteriores
- Visado P-1:Atleta individual o de equipo, o miembro de un grupo de entretenimiento. Para actuar en una competición atlética específica como atleta o como miembro de un grupo de entretenimiento. Requiere un nivel de rendimiento sostenido reconocido internacionalmente. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo del individuo mencionado.
- Visado P-2: Artista o animador (individual o en grupo). Para actuar en el marco de un programa de intercambio recíproco entre una organización de Estados Unidos y una organización de otro país. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo del individuo anterior.
- Visado P-3: Artista o animador (individual o en grupo). Para actuar, enseñar o entrenar en el marco de un programa culturalmente único o de una actuación o presentación étnica, folclórica, cultural, musical, teatral o artística tradicional. Incluye a las personas que prestan servicios esenciales en apoyo del individuo anterior.
- Visado R-1:Trabajadores religiosos temporales no inmigrantes . Para ayudar a los extranjeros a venir a EE.UU. y trabajar en una organización religiosa. Sólo pueden optar a él los ministros y las personas directamente vinculadas al trabajo religioso.
- Visado TN: TrabajadoresNAFTA . Este visado permite a los abogados, científicos, ingenieros y profesores de Canadá trabajar temporalmente en EEUU.
- Visado O1: Visadopara personas con capacidades extraordinarias . El visado O1 es para quienes demuestran conocimientos expertos en ciencia, negocios, educación, atletismo o arte, incluyendo el reconocimiento internacional por su trabajo.
Leer más:
>Diferenciasentre el visado H1b y el visado L1
Requisitos del visado de trabajo para EE.UU
Hay tres condiciones previas que alguien interesado en obtener un visado de trabajo para EE.UU. debe cumplir antes de solicitarlo. Si no cumples ni siquiera una de estas condiciones, la Embajada podría denegar tu solicitud de visado. Esto hará que no puedas viajar a EEUU y trabajar allí. Estas condiciones previas son las siguientes
Tener una oferta de trabajo en EE.UU
Tienes que haber solicitado y haber sido aceptado en un puesto de trabajo en EE.UU. para poder optar a un visado de trabajo. Esto se debe a que EE.UU. requiere varios documentos de tu empleador antes de que inicies tu solicitud de visado.
Petición aprobada por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS)
Este requisito significa que, antes de que solicites un visado de trabajo para EE.UU., tu empleador debe presentar una Petición de Trabajador No Inmigrante ante el USCIS. Esta petición, también conocida como formulario I-129, es el documento más importante para que consigas tu visado de trabajo. Cuando el USCIS apruebe la petición de tu empleador, podrás empezar a solicitar el visado. Sin embargo, si tu petición es aprobada, eso no significa necesariamente que la Embajada de EEUU te conceda automáticamente un visado de trabajo. Debido a razones que pueden quedar a la discreción de la Embajada, podrían denegarte el visado de trabajo aunque se apruebe tu petición al USCIS.
Aprobación de la certificación laboral por el Departamento de Trabajo (DOL)
Algunos de los visados de trabajo, más concretamente el H-1B, el H-1B1, el H-2A y el H-2B también requieren que tu empleador tenga una certificación del DOL. Tu empleador debe solicitar el DOL en tu nombre incluso antes de presentar la petición al USCIS. El gobierno estadounidense exige esta certificación como prueba de que los empresarios estadounidenses necesitan trabajadores extranjeros. Tienen que demostrar que no pueden cubrir esos puestos de trabajo con empleados estadounidenses. Además, la certificación es necesaria para garantizar que los trabajadores extranjeros temporales no repercuten negativamente en las oportunidades de trabajo de los ciudadanos estadounidenses.
Requisitos del visado de trabajo para EE.UU
Además de cumplir los tres requisitos previos, también deberás tener estos documentos
- Pasaporte válido – que debe ser válido durante toda tu estancia en EE.UU. y seis meses más después de tu regreso
- Lafoto del visado de EE.UU. – que tienes que subir cuando rellenes el formulario de solicitud en línea.
- El número de recibo, que puedes encontrar en la petición aprobada para un trabajador no inmigrante (formulario I-129) que presentó tu empleador.
- Una página de confirmación de que has rellenado tu solicitud de visado de no inmigrante (formulario DS-160).
- Un recibo que demuestre que has pagado la tasa de solicitud. Para los visados de trabajo de EE.UU., la tasa de solicitud es de 190 dólares. También puede haber tasas adicionales que se apliquen a tu localidad, por lo que debes consultar con tu embajada local de EE.UU. para conocer más detalles.
- Demostrar que volverás a tu país de origen una vez finalizado tu trabajo en EEUU. Esto se aplica a todos los tipos de visados de trabajo, a excepción del visado H-1B y del visado L. Algunos ejemplos de cómo puedes demostrar que volverás de EE.UU. son los siguientes
- Presentar tu situación económica
- Tus relaciones familiares
- Cualquier plan a largo plazo que puedas tener
- La residencia a la que piensas volver
- Para los que solicitan un visado L, también necesitarás tener rellenado el formulario I-129S (Petición de no inmigrante basada en la petición L general). Deberás llevar este formulario cuando tengas la entrevista para el visado.
Además de estos requisitos generales, que se aplican a todos los que quieren obtener un visado de trabajo para EE.UU., es posible que haya otros documentos que debas presentar. Debes ponerte en contacto con tu embajada local de EE.UU. para obtener información más detallada.
Procedimientos de solicitud del visado de trabajo para EE.UU
Si has cumplido las tres condiciones de precalificación y has reunido los documentos necesarios, entonces puedes empezar a solicitar el visado de trabajo para EE.UU. La forma de solicitarlo es completando los siguientes pasos:
Completa la solicitud de visado de no inmigrante en línea (formulario DS-160) e imprime la página de confirmación
Toda la información que introduzcas en el formulario DS-160 debe ser correcta. Si presentas algún dato incorrecto, la Embajada tendrá motivos suficientes para denegarte el visado. Además, el formulario DS-160 está disponible en muchos idiomas, pero tus respuestas deben estar en inglés.
Programa tu entrevista
Debido al elevado número de solicitudes que reciben las Embajadas de EE.UU., debes asegurarte de programar tu entrevista tan pronto como cumplas todos los requisitos. Si eres menor de 13 años o mayor de 80, generalmente no se requiere una entrevista para el visado. En cuanto a las personas de entre 14 y 79 años, las entrevistas son necesarias, pero puede haber excepciones si sólo vas a renovar tu visado.
Asistir a la entrevista
Tu entrevista y la información contenida en el formulario DS-160 servirán para que la Embajada de EE.UU. tome su decisión sobre si se te debe conceder el visado o no. Por eso, es muy importante que te presentes a la entrevista a tiempo, vestido adecuadamente y con todos los documentos necesarios. Además, debes responder a todas las preguntas de la forma más completa posible, dando siempre información verdadera. Los entrevistadores de visados están entrenados para detectar cuando alguien proporciona información falsa, por lo que si lo haces, te denegarán el visado.
Completa los procedimientos adicionales
Se te pedirá que des tus huellas digitales antes, durante o después de la entrevista, dependiendo de tu ubicación, así como que pagues cualquier tasa adicional. Tras la tramitación del visado, si la Embajada de EEUU te concede el visado de trabajo, es posible que también tengas que pagar una tasa de expedición de visado. El importe de la tasa de expedición del visado se determina en función de tu país de origen.
Tus derechos y responsabilidades
Los trabajadores temporales en EE.UU. tienen una serie de derechos que el gobierno les concede. Están protegidos contra las violaciones y la explotación, y pueden ejercer estos derechos sin ser sancionados. Si alguien en EE.UU. viola tus derechos y lo denuncias, tu visado no será rescindido y el gobierno no puede obligarte a regresar a tu país si tu visado sigue siendo válido, sólo porque has denunciado esas violaciones.
Si los inspectores de Seguridad Nacional y otros departamentos te permiten la entrada en EEUU, también tienes derecho a solicitar la prórroga de tu estancia. Sin embargo, una vez que tu visado caduque, no podrás permanecer en el país a menos que la Embajada te prorrogue el visado. Si te quedas después de que tu visado de trabajo no sea válido, es posible que no puedas solicitar uno en el futuro.
También tienes derecho a solicitar un visado para tu cónyuge o tus hijos en la misma categoría de visado que tú.
- En el caso de los titulares de un visado H, tu cónyuge e hijos deben solicitar un visado H-4
- Si eres titular de un visado L, tus dependientes deben solicitar un visado L-2,
- Para los titulares de un visado O, el cónyuge y los hijos deben solicitar un visado O-3,
- Los titulares de un visado P, el cónyuge y los hijos deben solicitar un visado P-4, y
- Los titulares de un visado Q, el cónyuge y los hijos deben solicitar un visado Q-3
¿Qué es una solicitud de condiciones laborales?
El Departamento de Trabajo de EE.UU. emite una Solicitud de Condiciones Laborales (LCA) o Certificación a una empresa que tiene previsto contratar a un trabajador extranjero. La LCA da derecho a la empresa a contratar empleados que no sean ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes (LPR) y a patrocinarlos para que obtengan un visado.
La LCA declara que la empresa necesita contratar a un trabajador extranjero porque no había un trabajador estadounidense disponible, cualificado o dispuesto a trabajar en ese puesto de trabajo. También declara que el salario del trabajador extranjero será igual al de un trabajador estadounidense y que el trabajador extranjero no sufrirá discriminación ni un mal ambiente de trabajo.
¿Qué es una petición de empleo?
La petición de empleo la presenta una empresa estadounidense que quiere patrocinar a un trabajador extranjero para un visado de empleo. La petición se presenta al USCIS para su tramitación e incluye detalles sobre el puesto de trabajo, el salario y las cualificaciones del trabajador extranjero.
Cuando un empresario estadounidense presenta una petición de empleo, también debe pagar las tasas de tramitación y patrocinio del trabajador. También debe adjuntar documentos justificativos que demuestren que la empresa puede permitirse contratar a un trabajador extranjero, que ha pagado todos los impuestos y que ha obtenido una Solicitud de Certificación Laboral (LCA) del Departamento de Trabajo.
¿Qué es un documento de autorización de empleo?
Quienes tienen visados de no inmigrante en EE.UU. no pueden empezar a trabajar si no tienen un permiso de trabajo. El permiso de trabajo de EE.UU. se llama Documento de Autorización de Empleo (EAD ) y puede obtenerse inmediatamente después de que se apruebe tu visado.
El EAD te permite trabajar legalmente en cualquier empresa estadounidense mientras tu visado sea válido. Tu cónyuge también puede obtener un EAD si cumple los requisitos. Una vez que renueves o amplíes el visado, debes solicitar también la renovación de tu EAD. Para obtener información sobre cómo solicitarlo, visita el artículo sobre el EAD.