Así que tu cónyuge o tu padre acaban de recibir una oferta para trasladarse desde su lugar de trabajo en su país de origen, a las filiales de la empresa en Estados Unidos. Van a solicitar un visado L-1, ya sea como directivo o ejecutivo (visado L-1A) o como profesional con conocimientos especializados (visado L-1B). Si te preocupa si se te permitirá unirte a ellos, entonces deberías dejar de preocuparte ahora. Tú, como su cónyuge o hijo soltero menor de 21 años, puedes unirte al titular del visado L-1 como dependiente con un visado L-2.
El visado L-2 es, por tanto, un visado para personas dependientes. Es similar al visado H-4, que es para los dependientes de quienes tienen visados de tipo H. Con un visado L-2 para dependientes, se te permite estudiar en EE.UU., obtener un permiso de conducir, abrir una cuenta bancaria, viajar dentro y fuera de EE.UU. mientras tu visado sea válido y otras ventajas.
El estatus de tu visado L-2 está directamente vinculado al del titular principal del visado L-1. La validez de tu visado, las opciones de prórroga o renovación, así como el cambio de estatus, dependen de la persona L-1.
¿Cuáles son los requisitos del visado L-2?
Para poder optar al visado L-2, sólo hay unas pocas condiciones que debes cumplir. Debes ser el cónyuge o el hijo soltero menor de 21 años del titular principal del visado L-1. Las parejas del mismo sexo también pueden solicitarlo. Dado que el gobierno de EE.UU. no reconoce a los cónyuges múltiples, sólo un cónyuge puede solicitar este visado. Cualquier otra persona que esté relacionada con la persona L-1, como los padres, no puede solicitar un visado L-2.
¿Cómo se solicita el visado L-2?
La solicitud del visado L-2 es bastante sencilla, y sigue pautas similares a las de los demás visados para dependientes, como el visado H-4. Se recomienda que los dependientes soliciten su visado al mismo tiempo que el solicitante del visado L-1, ya que es mucho más fácil demostrar su relación. Para solicitar el visado L-2, debes seguir estos pasos.
Rellenar el formulario DS-160
El formulario DS-160 es un formulario de solicitud en línea que los solicitantes deben presentar para que se inicie su proceso. El DS-160 requiere información personal y el propósito de tu visita a EE.UU. Debes rellenarlo con información veraz y completa. Al final, el formulario generará una página de confirmación y un código que deberás guardar para más adelante.
Pagar la tasa de solicitud
La tasa de solicitud del visado L-2 es de 160 dólares. Debes pagar esta tasa para que la solicitud sea considerada por la Embajada de EEUU. Además, es posible que tengas que presentar otras tasas dependiendo de tu país de origen y de su relación con EEUU, como las tasas de reciprocidad del visado. Debes guardar todos los recibos de las tasas que pagues como prueba.
Programa tu cita para el visado
Las entrevistas de visado para los solicitantes de visado de EE.UU. son necesarias para los mayores de 13 años y los menores de 79 años. Si perteneces a este grupo, debes programar una cita. Debes intentar programarla lo antes posible, ya que la Embajada de EE.UU. puede tener una gran carga de trabajo y puede que tengas que esperar a que llegue tu cita. Cuando programes esta cita, obtendrás una carta de cita para el visado, que necesitarás para más adelante en tu proceso de solicitud.
Presentar los documentos del visado L-2
Además, tendrás que elaborar un expediente con los documentos necesarios. El expediente debe tener estos documentos
- Tu pasaporte válido de más de 6 meses desde la expiración de tu visado
- Una fotografía que cumpla los requisitos de fotografía para el visado de EE.UU
- Tus recibos de pago de las tasas
- Tu carta de confirmación de la cita
- Tu página de confirmación del DS-160
- Las copias del titular del visado L-1 del Formulario I-129 (Formulario I-129S para las peticiones de manta L) y del Formulario I-797
- Copia del pasaporte de la persona L-1
- Copia del visado de la persona L-1
- Carta del empleador del titular del visado L-1 explicando la descripción del trabajo
- Cartas de empleadores anteriores del titular del visado L-1
- Prueba de parentesco
- En el caso de los hijos, presentar los certificados de nacimiento
- En el caso de los cónyuges, presenta una prueba de matrimonio genuina, como por ejemplo
- Certificado de matrimonio original
- Álbum de boda
- Invitación a la boda y lugar de celebración
- Recibos de la boda
- Detalles de la luna de miel
- Fotos y documentos del registro matrimonial
- Si el titular del visado L-1 ya está en EE.UU., presenta sus nóminas
Asistir a la entrevista para el visado
La entrevista para el visado es el último paso en el proceso de solicitud del visado L-2. Tendrás que presentarte en la Embajada de EE.UU. donde hayas concertado la cita, a tiempo y con tus documentos. Las preguntas de la entrevista para el visado L-2 incluirán preguntas sobre cualquier estancia o visita anterior a EE.UU., tu relación con el titular del visado L-1 y tus intenciones o propósito de ir a EE.UU.
La mayoría de las solicitudes de visado L-2 no se rechazan; sin embargo, entre los motivos válidos de rechazo del visado L-2 se encuentra el hecho de que el funcionario de la embajada de EE.UU. crea que vas a EE.UU. para mantener a tu cónyuge que ya está allí, quizá con contratos de trabajo falsos. Así que expón los hechos e intenta dar el mayor número de detalles posible. Después de la entrevista, esperarás el tiempo de tramitación y obtendrás la respuesta de la Embajada de EEUU.
¿Cuál es el tiempo de tramitación del visado L-2?
Después de presentar tus documentos y realizar todos los pasos de la solicitud, tendrás que esperar a que se procese tu visado. Los visados L-2 tardan entre 15 días y 1 mes en ser procesados; sin embargo, dependiendo de la carga de trabajo de la Embajada y de otros factores, podría tardar más.
¿Cuánto tiempo es válido el visado L-2?
El visado L-2 es un visado para dependientes, lo que significa que está directamente vinculado al visado L-1. Por tanto, como dependiente L-2, tu visado es válido mientras lo sea el del titular del visado L-1 (tu cónyuge o tus padres). Si el visado L-1 se prorroga, el dependiente L-2 también puede solicitar prórrogas. Puedes solicitar las prórrogas presentando el formulario I-539, Solicitud de prórroga o cambio de estatus de no inmigrante, al USCIS con este fin. En la mayoría de los casos, si se ha prorrogado el visado L-1, también se prorrogará el visado L-2.
Si eres el cónyuge o el hijo de un titular de un visado L-1A, puedes permanecer en Estados Unidos durante 7 años. Si eres el cónyuge o el hijo de un titular de un visado L-1B, puedes permanecer en EE.UU. durante 5 años. Cuando el visado de la persona con el visado L-1 expira, tú, con el visado L-2, también tienes que volver a tu país de origen y no puedes permanecer en EE.UU. si la persona con el visado L-1 no tiene permiso para quedarse.
¿Puedo trabajar con el visado L-2?
La ventaja del visado L-2 para los dependientes es que se les permite realizar una serie de actividades. Con un visado L-2, pueden obtener un título y estudiar en EEUU, pero la actividad más beneficiosa es que se les permite trabajar. Los hijos de los titulares de un visado L-1 no pueden trabajar, pero los cónyuges sí.
Para poder trabajar con este tipo de visado, debes obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Puedes solicitar este documento en cuanto llegues a Estados Unidos. Este documento te permite encontrar empleo en cualquier sector de la economía, siempre que el trabajo sea legal y haya una oferta de empleo para ti.
Puedes trabajar a tiempo parcial o completo, por lo que el EAD no te limita en este frente. Además, no necesitas necesariamente una oferta de trabajo para solicitar el DAE. Puedes obtener el DAE y elegir no empezar a trabajar inmediatamente, pero querer conservar la posibilidad de trabajar en el futuro. Una vez que obtengas el EAD, será válido durante dos años, y podrás prorrogarlo tantas veces como necesites, siempre que tu visado L-2 sea válido.
Para solicitar el EAD, tienes que presentar el formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, junto con una copia de tu formulario I-94 y dos fotografías. Reunirás tus documentos y los enviarás al USCIS. El USCIS revisará el tiempo de tramitación del visado L-2 EAD, que es de 90 días, y puede denegar, aprobar o pedir pruebas adicionales. En caso de que pidan pruebas adicionales, especificarán qué tipo de documentos necesitan y deberás presentarlos dentro de los plazos especificados.
Si te aprueban el EAD, entonces puedes solicitar un número de la Seguridad Social (SSN), ya que es un documento que te pedirán la mayoría, si no todos los empleadores de EEUU.
¿Puedo cambiar mi estatus en un visado L-2?
Dado que el L-2 es un visado de dependientes, es difícil cambiar tu estatus de este visado a otro tipo. Sin embargo, no es imposible. Si tienes derecho a un visado L-1, puedes solicitarlo por separado y obtenerlo. Además, si consigues que un empresario te patrocine, podrías optar a solicitar un visado H-1B.
Si tu cónyuge o padre cambia su estatus a un visado diferente, por ejemplo un visado H-1B, entonces tú también debes cambiar tu estatus a un visado H-4 para dependientes.
¿Puedo pasar de un visado L-2 a la Tarjeta Verde?
Como estás vinculado directamente al titular del visado L-1, si esta persona solicita la Tarjeta Verde, entonces tú también puedes solicitarla. Dado que los visados L son visados de doble intención, no se te exige que presentes pruebas de tu intención de volver a casa ni que demuestres fuertes vínculos con tu país de origen.
Si tu cónyuge o tus padres solicitan una tarjeta verde basada en el empleo, entonces puedes unirte a ellos, y debes presentar los documentos pertinentes. Si se aprueba la tarjeta verde del titular del visado L-1, entonces tú, como su familia, también entras en la categoría y obtienes tu tarjeta verde.