Además de los visados de inmigración para familiares y parientes inmediatos, EE.UU. también concede visados a las personas que cumplen los requisitos para trabajar en el país. Estos visados patrocinados por el empleo permiten a los trabajadores extranjeros que han encontrado un empleador dispuesto a contratarlos venir a EE.UU. de forma permanente y trabajar sin un documento de autorización de empleo (EAD).
Los visados patrocinados por el empleo están sujetos a un límite de 140.000 visados al año. Se reparten entre los cinco visados, lo que genera largos tiempos de espera para su tramitación. Una vez que se alcanza el límite de visados en un año, el resto de las solicitudes esperan su turno en los años siguientes. Por eso, quienes solicitan cualquier visado basado en el empleo deben esperar a que se actualicen sus fechas de prioridad para poder optar a la inmigración en EEUU.
Este artículo repasará el visado EW-3 para trabajadores no cualificados, qué es, sus requisitos, los procedimientos de solicitud y otros detalles relevantes.
¿Qué es el visado EW-3?
Dado que EE.UU. es conocido por su mano de obra cualificada, hay muchos empresarios que buscan trabajadores no cualificados. Los trabajadores no cualificados son aquellos que tienen menos de dos años de experiencia o formación en un puesto de trabajo concreto.
Para llenar el vacío de la mano de obra no cualificada, EEUU ha creado el visado EW-3 como parte de su visado EB-3 o visado de trabajador de tercera prioridad. Los empresarios estadounidenses que no puedan encontrar un candidato adecuado dentro de EEUU para un puesto de trabajo que se ajuste a un trabajador no cualificado pueden patrocinar y solicitar que un trabajador no cualificado extranjero venga a EEUU con un visado EW-3.
El puesto de trabajo no cualificado no puede ser temporal o estacional, sino que debe ser permanente y el empresario estadounidense debe poder demostrar que no ha podido encontrar a nadie disponible en EE.UU. para trabajar en ese puesto.
Como los visados basados en el empleo están sujetos a un límite anual, sólo se conceden 10.000 visados EW-3 al año. Esto hace que este tipo de visado sea muy competitivo y la gente puede acabar esperando muchos años antes de conseguir este tipo de visado.
¿Cuáles son los requisitos para el visado EW-3?
Para poder optar al visado EW-3, hay algunos requisitos que el trabajador debe cumplir, como los siguientes
- El trabajador debe ser no cualificado en términos de educación y cualificación (menos de 2 años de educación, formación o experiencia)
- El trabajador debe tener una oferta de empleo válida de un empleador estadounidense
- El empresario debe demostrar que no hay empleados estadounidenses disponibles o dispuestos a ocupar el puesto de trabajo y cumplir las leyes y reglamentos de contratación de EE.UU.
¿Cómo se solicita el visado EW-3?
La solicitud del visado EW-3 tiene múltiples pasos en los que intervienen tanto el empresario como el empleado extranjero. El proceso de solicitud se divide en dos partes:
- El empresario estadounidense obtiene la certificación laboral y presenta las peticiones necesarias
- Si se aprueba, el empleado extranjero solicita el visado EW-3 en la embajada de EE.UU. de su país
Procedimientos de solicitud del empresario estadounidense
Obtención del certificado laboral
Para contratar a un trabajador extranjero, el empresario estadounidense debe obtener un certificado laboral del Departamento de Trabajo de EEUU (DOL). El certificado demuestra que el empresario anunció el puesto de trabajo pero no pudo encontrar un empleado estadounidense que estuviera dispuesto, disponible o suficientemente cualificado para trabajar. También debe demostrar que los requisitos del puesto de trabajo no discriminan a los empleados estadounidenses y que el trabajador extranjero cobrará según las normas salariales de EEUU y no un salario mucho más bajo.
Para obtener la certificación, el empresario estadounidense debe presentar el formulario ETA 9089 al DOL con una descripción de los puestos de trabajo, sus requisitos, las cualificaciones de los trabajadores extranjeros y otros documentos que demuestren que no han podido encontrar un trabajador estadounidense.
El DOL tramitará la solicitud y notificará la decisión tanto al empresario estadounidense como al trabajador extranjero. Si la solicitud se aprueba, el empresario estadounidense obtiene el certificado laboral y puede pasar al siguiente paso. El trabajador extranjero no puede ser contratado y no puede solicitar el visado sin un certificado laboral válido.
Presentación de la petición
El siguiente paso para el empresario estadounidense es solicitar que se le permita contratar a un determinado trabajador extranjero. Esto puede hacerse presentando el formulario I-140, Petición de Inmigración para Trabajador Extranjero, al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS). El formulario se utiliza para evaluar si el empresario puede cumplir las condiciones de empleo. El formulario I-140 exigirá al empresario que adjunte documentos y estados financieros detallados, documentos de auditoría, así como declaraciones de impuestos.
Si el empresario cumple las condiciones y el USCIS determina que puede contratar al empleado y pagarle el salario vigente según las normas estadounidenses, aprobará la petición. Si los estados financieros del empresario son deficientes, el USCIS denegará la petición y el empresario estadounidense tendrá prohibido contratar a un trabajador extranjero.
La petición aprobada irá al Centro Nacional de Visados (NVC), que asignará un número de caso y una identificación de factura a la solicitud. A continuación, enviarán un paquete al trabajador extranjero con estos documentos e instrucciones sobre cómo presentar la solicitud. Sin embargo, como hay un límite en el número de solicitudes por año, el paquete sólo se enviará cuando la fecha de prioridad del trabajador extranjero esté al día, lo que podría ser después de unos meses o años.
Procedimientos de solicitud del trabajador extranjero
Presenta el formulario DS-261, Elección de Dirección y Agente
El formulario se encuentra en línea y tendrás que poner toda la información pertinente en cada apartado. Después de presentarlo, obtendrás una página de confirmación que deberás enviar al NVC con tus documentos justificativos.
Examen médico completo y vacunación
EE.UU. tiene requisitos específicos en materia de salud y vacunación. El paquete del NVC que has recibido contendrá una lista de los reconocimientos médicos y las vacunas que debes completar. Los documentos deben estar firmados por un médico autorizado y, si están en un idioma extranjero, también deben estar traducidos al inglés.
Recopilar el archivo de documentos justificativos
Después de que el NVC apruebe tu formulario DS-261, debes enviar los documentos justificativos de tu caso. Esto incluye lo siguiente
- Tu pasaporte, que debe tener una validez de más de 6 meses después de tu salida prevista a EE.UU
- Tu oferta de empleo del empleador estadounidense
- La certificación laboral aprobada
- La petición aprobada
- Tu página de confirmación DS-261
- Tus documentos médicos y de vacunas firmados
- Dos fotografías que cumplan los requisitos de fotografía para visados de EE.UU
- Los antecedentes judiciales y penales
- Tus logros educativos (diplomas y certificados)
- Tu currículum o CV
- Dependiendo del caso, el NVC podría requerir otros documentos justificativos, por lo que debes seguir sus instrucciones cuidadosamente.
Asistir a la entrevista para el visado
Una vez que el NVC haya revisado tus documentos y no necesite otros justificantes, te programará una entrevista en la Embajada de EEUU desde la que solicitas el visado. Debes asistir a la entrevista para el visado a la hora programada. El funcionario estadounidense revisará tus antecedentes y documentos y decidirá si se te concede o no el visado EW-3.
Recibir el paquete NVC y viajar a EEUU
Si la Embajada de EEUU aprueba tu visado EW-3, recibirás un paquete NVC. No debes abrir este paquete bajo ninguna circunstancia. En cambio, cuando viajes a EE.UU. para trasladarte allí, lleva el paquete y entrégalo a cualquier funcionario de inmigración en cualquier punto de entrada a EE.UU.. Ellos son los únicos que pueden abrirlo y decidir si se te permite entrar en el país o no.
¿Cuáles son las tasas del visado EW-3?
Hay muchas tasas que tu empleador estadounidense y tú, como solicitante, tendrán que pagar por el visado EW-3. Los importes varían y los deciden el DOL, el USCIS y la embajada de EEUU en el país desde el que se solicita. En general, tu empleador y tú tendréis que pagar las siguientes tasas
- Tasa de certificación laboral del DOL (empleador)
- Tasa de presentación del formulario I-140 del USCIS (empleador)
- Tasa de tramitación del formulario DS-261 (empleado)
- Tasas de examen médico (empleado)
- Tasas de obtención de documentos justificativos (empleado)
- Tasas de traducción del idioma extranjero al inglés (empleado)
¿Cuánto tiempo dura la tramitación del visado EW-3?
Como el EW-3 tiene un tope de 10.000 visados al año solamente, los tiempos de espera son extremadamente largos. Si estás dentro del tope para ese año, tu visado podría tramitarse en unos pocos meses. Sin embargo, como el tope se alcanza muy rápidamente, muchos solicitantes acaban esperando unos cuantos años hasta que se tramita su visado y pueden ir a Estados Unidos a trabajar.
¿Tengo acceso a la sanidad estadounidense con un visado EW3?
Sí, tendrás acceso a la asistencia sanitaria en Estados Unidos como titular de un visado EW3, sin embargo, los costes de los tratamientos médicos en Estados Unidos son de los más altos del mundo.
El tratamiento de una pierna o un brazo rotos te costará 2.500 dólares, mientras que la estancia en un hospital estadounidense puede costar más de 10.000 dólares, por término medio. Debes elegir el plan de seguro médico para inmigrantes que mejor se adapte a ti, que en general también sea asequible y cubra tus necesidades.
¿Pueden mi cónyuge y mis hijos acompañarme a EE.UU. con un visado EW-3?
Sí, una vez tramitado y aprobado el visado EW-3 para ti, tu cónyuge y tus hijos solteros menores de 21 años también pueden solicitar el visado familiar. Tu cónyuge podrá obtener un visado EW-4, mientras que tus hijos tendrán que solicitar un visado EW-5. Tu cónyuge podrá trabajar en EE.UU. tras obtener el Documento de Autorización de Empleo (EAD).